Revista Farmabiotec Número 14
#14 farmaBIOTEC 53 enfermedades. La capacidad de adaptar las terapias para abordar mutaciones genéticas específicas representa un potencial único para hacer frente a las necesidades sur - gidas en el contexto de la medicina de precisión o perso- nalizada. Desde su descubrimiento hasta las aplicaciones clínicas actuales, este campo dinámico está dando forma a un futuro donde las enfermedades sin tratamiento se pue - den cronificar e incluso curar, lo que supone un nuevo para - digma en la medicina del futuro. La inmunización frente al coronavirus SARS-CoV-2 se ha realizado con vacunas basadas en ARN. Desde 2020, las enfermedades potencial - mente candidatas a ser tratadas han ido aumentando pau- latinamente: hereditarias (distrofias musculares o fibrosis quística) o adquiridas (cáncer, enfermedades infecciosas o enfermedades neurodegenerativas). Un ejemplo concreto de terapia basada en ARN es Patisiran, un medicamento del laboratorio Alnylam (Estados Unidos) aprobado en 2018 tanto por la FDA como por la EMA. Este medicamento demostró ser efectivo frente a la amiloidosis, una enfermedad genética en la que versio - nes anormales de una proteína, transtiretina, se depositan en los tejidos, sobre todo en los nervios periféricos y en el corazón. Otra terapia basada en ARN es el medicamento Spinraza del laboratorio Biogen, aprobado en 2016 en Estados Unidos y en 2017 en Europa para el tratamiento de la atrofia muscular espinal, principal causa genética de muerte en neonatos. A todo lo anterior, se suma el hecho de que el ARN puede emplearse como biomarcador, ya que ,tanto el ARNm como los ARN no codificantes, pueden utilizarse como indicado - res de la actividad génica y celular, permitiendo valorar la progresión y pronóstico de una patología. Si se profundiza en la indicación principal del medica - mento y su intención de tratar, se observa que la amplia mayoría de terapias basadas en ARN (50%) están desti - nadas a hacer frente a infecciones virales, seguidas de las indicaciones oncológicas (30%) y por las indicaciones no oncológicas (trastornos respiratorios, metabólicos, neuro - lógicos y cardiovasculares) que constituyen el 20%. Si se atiende a la evolución de ensayos clínicos anual destinados exclusivamente a este tipo de terapia, el resultado es aún más llamativo si cabe. El progreso en el número de ensa - yos ejecutados anualmente ha sido continuo, pero discreto y alza la última década, hasta 2020: momento en el que se pasó de menos de 5 ensayos clínicos/año (2011) a más de 20 (2020), lo que supone 4 veces más en solo 10 años. No obstante, estos datos resultan ínfimos si se consulta lo rela - tivo al año 2021, que supuso un apogeo para las terapias basadas en ARNm alcanzando casi los 160 ensayos, cinco veces más en tan solo 1 año. Este hecho no es casualidad ni aislado, pues sucedió en un contexto de pandemia, la COVID-19, lo que explicaría por qué el 90% de estos ensayos estaban centrados en el desarrollo de vacunas basadas en ARNm. Este hito supuso un antes y un después en lo que se refiere a las terapias basadas en ARN y todo lo que concierne a su investigación y regulación. Por todo lo descrito anteriormente, resulta imprescindible la correcta clasificación regulatoria de esta tipología de productos basados en ARN. De este modo, se debe comprender cuál es la definición de medicamento y si se trata de un medicamento de síntesis química, biológico o de terapia génica (GTMP), pues le aplicarán Directivas, normativas y partes de las Normas de Correcta Fabricación (NCF o GMP, de sus siglas en inglés) muy diferentes, lo que afecta a su ruta regulatoria y desarrollo. Por definición, y siguiendo lo recogido en la Directiva 2001/83/CE, se entiende como medicamento de uso humano a “Toda sustancia o combinación de sustancias que se presente como poseedora de propiedades para el tratamiento o prevención de enfermedades en seres huma - nos o que pueda usarse en seres humanos o administrarse a seres humanos con el fin de restaurar, corregir o modificar las funciones fisiológicas ejerciendo una acción farmacoló - gica, inmunológica o metabólica, o de establecer un diag - nóstico médico”. Asimismo, la Directiva 2001/83 define como un medica - mento biológico a todo producto cuyo principio activo es biológico, siendo una sustancia activa biológica aquella que se produce o extrae a partir de una fuente biológica y que necesita, para su caracterización y determinación de su calidad, una combinación de ensayos fisicoquímicos y ARN: la versatilidad de la inestabilidad Figura 1. ARN en la síntesis proteica. Fuente: National Human Genome Research Institute.
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