Revista Farmabiotec Número 24
14 farmaBIOTEC #24 Esta normativa establece obligaciones claras sobre la divulgación de información acerca de productos no vendi - dos o desechados, definiendo cómo las empresas deben estructurar y reportar estos datos. Afectará primero a las grandes empresas y desde 2030 también a las medianas, obligándolas a informar sobre el número y peso de los pro- ductos de consumo no vendidos que terminan siendo des - echados, detallar los motivos del descarte, como defectos, caducidad o cambios de etiquetado, especificar el trata - miento de los residuos, incluyendo reciclaje, valorización o eliminación, así como describir las medidas adoptadas para evitar la destrucción de productos en el futuro. Aunque su impacto ha sido especialmente visible en sectores como el textil y el calzado, donde ya se prohíbe la destrucción de productos no vendidos, el reglamento afecta a todos los sectores que comercializan productos El nuevo Reglamento europeo sobre productos no vendidos pone en valor el papel de la biotecnología para impulsar la economía circular en toda la cadena de valor La Comisión Europea adoptaba el pasado 9 de febrero el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2, una norma que concreta de manera operativa las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2024/1781 sobre productos sostenibles y que marca un avance significativo hacia modelos productivos más responsables, reforzando la transparencia y la sostenibilidad de los productos en toda la Unión Europea (UE). asebio te cuenta
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